La Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) San Román informa que publicada la lista definitiva de los miembros de mesa a realizarse el día jueves 18 de febrero, disponen de hasta cinco (5) días hábiles para presentar solicitudes de excusas en las 94 Oficinas Descentralizadas (ODPE) instaladas en todo el país y en el caso de la ODPE San Román, ubicado en Av. Ferrocarril 1270 – Juliaca o ser remitidas a través de la mesa de partes virtual de la ONPE: www.web.onpe.gob.pe/mpve.
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la República, estar incurso en alguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo 57 de la LOE o ser mayor de setenta (70) años.
Pueden solicitar excusa los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, los funcionarios y empleados de los organismos electorales y los miembros de Ministerio Público y Defensoría del Pueblo que realicen funciones el día de los comicios.
También podrán hacerlo las autoridades políticas o representantes provenientes de elección popular, los ciudadanos integrantes de los comités directivos de las organizaciones políticas y los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.
La excusa para ejercer el cargo de miembro de mesa también podrán presentarla los electores temporalmente ausentes de la República, los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de la elección. En cada caso el miembro de mesa deberá adjuntar los documentos sustentatorios.
Además, para las presentes elecciones, las mujeres embarazadas y madres con niños lactantes menores de 2 años pueden solicitar su excusa. Esto según lo establecido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en la Resolución Jefatural N° 000022-2021 publicada el día 02 de febrero.
El miembro de mesa titular o suplente que no tiene impedimento para ejercer su cargo deberá desempeñar este importante rol el día de la jornada electoral, de no hacerlo pagará una multa del 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que en el presente año asciende a 220.00 soles.